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Noticias

22/02/2011

AYUDAS A LA MODERNIZACIÓN DEL PEQUEÑO Y MEDIANO COMERCIO

SUBVENCIONES MODERNIZACIÓN PEQUEÑO Y MEDIANO COMERCIO



La Consejería de Industria y Empleo convoca subvenciones con destino a la modernización del pequeño y mediano comercio

BENEFICIARIOS: personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes legalmente constituidas, que tengan la consideración de pymes comerciales (excluidos los establecimientos comerciales ubicados en polígonos industriales, parques empresariales o zonas similares). Consultar epígrafes y otros requisitos en las bases.

INVERSIONES SUBVENCIONABLES:

1. Renovación de la imagen del establecimiento tanto interna como externa en las zonas destinadas a  venta y exposición:

    * Obras de albañilería
    * Instalación de suelos y revestimientos en techos y paredes
    * Remodelación y reforma de la fachada del establecimiento
    * Instalciones eléctricas
    * Estudios y proyectos de reforma y adecuación
    * Aire acondicionado, calefacción e hilo musical
    * Mobiliario destinado a la presentación de productos.
    * Rotulos, todos y marquesinas exteriores

Inversión mínima: 9.000 euros (IVA incluido)

2. Incorporación de las nuevas tecnologías de la información a la gestión de establecimientos comerciales

    * Adquisición de terminales de punto de venta, lectores de códigos de barras, lectores de bandas magnéticas e impresora de tickets.
    * Balanzas digitales.
    * Ordenadores de sobremesa y periféricos destinados a aplicaciones de contabilidad, facturación, almacén y automatización de ventas (se excluyen portátiles).
    * Aplicaciones y programas comerciales (no a medida), destinados a los fines señalados en el punto anterior.
    * Creación de páginas web destinadas al comercio electrónico de la actividad comercial subvencionada.
    * Implantación de redes informáticas o modificación y ampliación de las existentes así como la puesta en marcha de equipos de redes de intranet para utilidades de programas de cooperación entre empresas y/o de asociaciones de comerciantes.

La inversión mínima para optar a las ayudas por estos conceptos es de 1200 euros (IVA incluido).

REQUISITOS:

    * Pertenecer a alguno de los epigrafes IAE que figuran en la resolución.
    * El titular o el local deben tener tres años de antigüedad dentro de los 10 anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
    * Los locales comerciales no pueden superar los 600 metros cuadrados de superficie dedicada a exposición y venta al público.
    * No haber recibido subvención para la misma línea en los tres años anteriores.
    * Estar inscritos en el REAC siempr y cuando no lo excluya la normativa legal vigente.
    * No estar excluidos por la Ley General de Subvenciones

La realización de las actuaciones objeto de subvención, así como el pago de las facturas justificativas de éstas, deben estar comprendidos entre el 1 de junio de 2010 y el 30 de abril de 2011. Las inversiones deben estar finalizadas y ser operativas al término de este plazo de la actuación.

La cuantía máxima de la subvención a percibir será el 50% del valor de los conceptos subvencionables.

El plazo de presentación finaliza el 30 de abril de 2011.

Toda la información en:
Enlace a las bases
Enlace a la convocatoria


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