
Resolución de 14 de abril de 2011 de la Consejería de Bienestar Social.
BOPA del 25 de abril de 2011
REQUISITOS:
· Tener la consideración de persona con discapacidad independientemente de la edad.
· Residir en el territorio del Principado de Asturias y estar empadronado en uno de sus concejos en la fecha de la solicitud.
· La ayuda solicitada deberá tener relación directa con el tipo de discapacidad de la persona solicitante.
· Los ingresos de la unidad familiar serán inferiores:
Las ayudas irán destinadas a financiar gastos realizados durante el ejercicio presupuestario 2010, así como los realizados durante el último trimestre de 2009.
TIPOS DE AYUDAS:
Aquellas personas que tengan su domicilio en Centros Residenciales no podrán solicitar ayudas para productos de apoyo que puedan ser proporcionados por el propio centro.
INFORMACIÓN Y SOLICITUDES
CENTRO SERVICIOS SOCIALES BOAL-ILLANO.
TELÉFONO 985620240
EL PLAZO FINALIZA EL DIA 25 DE MAYO DE 2011