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14/02/2012
Normas sobre quemas en el Principado de Asturias
Por Resolución de 30 de enero de 2012, la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos aprobó las normas para quemas en el Principado de Asturias:
- Autorizaciones de carácter general: en fincas agrícolas situadas a más de 100 m. de monte para la quema de residuos vegetales procedentes de trabajos en la propia finca. No se expedirá autorización específica.
- Autorizaciones en fincas agrícolas a menos de 100 m. de monte: en la situación del caso anterior, requerirán una autorización previa con una validez de seis meses.
- Quema de restos en los montes: para la realización de trabajos selvícolas, debidamente reunidos los restos en montones o cordones. Autorización previa con validez de tres meses.
- Quemas controladas: tratamiento previo a la realización de mejoras en el monte, protección de masas forestales, práctica de mejora de pastos naturales, eliminación de matorral o combustible forestal, apertura y mantenimiento de líneas de defensa, reducción de riesgo de incendio forestal, protección de construcciones, núcleos rurales o defensa de la población. Estas quemas están supeditadas al cumplimiento de las condiciones particulares que figuren en la autorización, las órdenes que en el lugar de la quema pueda dar la Guardería del Medio Natural y las normas generales de la Resolución.