
Resolución de 2 de abril de 2013 de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda.
BOPA del 12 de abril de 2013
REQUISITOS:
· Tener la consideración de persona con discapacidad independientemente de la edad.
· Residir en el territorio del Principado de Asturias y estar empadronado en uno de sus concejos en la fecha de la solicitud.
· La ayuda solicitada deberá tener relación directa con el tipo de discapacidad de la persona solicitante
· Los ingresos de la unidad familiar serán inferiores :
- Para un miembro: 1,5 veces el IPREM
- Para dos miembros: 2 veces el IPREM
- Para tres miembros: 2,6 veces el IPREM
- Para cuatro miembros: 3,2 veces el IPREM
- Para cinco miembros: 3,9 veces el IPREM
- Para seis miembros : 4,5 veces el IPREM
- Para siete miembros: 5,2 veces el IPREM
- Para unidades familiares de ocho o más miembros, el límite máximo de ingresos se establecerá incrementando la cantidad señalada para una unidad de siete miembros en 3.100 €, por cada miembro de más.
· Las ayudas irán destinadas a financiar gastos realizados durante el ejercicio presupuestario 2013, así como los realizados durante el último trimestre de 2012.
TIPOS DE AYUDAS:
Aquellas personas que tengan su domicilio en Centros Residenciales no podrán solicitar ayudas para productos de apoyo que puedan ser proporcionados por el propio centro.
INFORMACIÓN Y SOLICITUDES:
CENTRO SERVICIOS SOCIALES BOAL-ILLANO.
TELÉFONO 985620240
EL PLAZO FINALIZA EL DIA 10 DE MAYO DE 2013