—Beneficiarios:
Serán beneficiarias las personas físicas o jurídicas, titulares de empresas agroalimentarias o empresas forestales, con independencia de la forma que adopten estas últimas, que ejerzan una actividad económica radicada en el Principado de Asturias, sobre las que recaiga la carga financiera de las actuaciones o inversiones subvencionables de mejora transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agrícolas o en inversiones en tecnologías forestales.
Segundo.—Objeto:
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de los productos agrícolas en el ámbito territorial del Principado de Asturias,
a) Incluidas en la submedida 4.2 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 cofinanciado por el FEADER:
1. Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles ligados a procesos de transformación y comercialización.
2. Compra de nueva maquinaria y equipos.
3. Costes generales: honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, costes de asesoramiento sobre la viabilidad económica y ambiental.
4. Adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
b) Incluidas en la submedida 8.6 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020 cofinanciado por el FEADER:
1. Inversiones en modernización de la mecanización de las labores silvícolas y las operaciones de aprovechamiento de productos forestales maderables.
2. Inversiones de mejora de las condiciones de almacenamiento, secado y operaciones propias de los aserraderos, previas a la transformación industrial.
Tercero.—Bases reguladoras:
a) En subvenciones a las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas: bases reguladoras aprobadas por Resolución de 5 de junio de 2015, de la Consejería de Agroganadería y Recursos Autóctonos (BOPA de 12-06-2015).
b) En la concesión de subvenciones a las inversiones en tecnologías forestales: bases reguladoras aprobadas por Resolución de 17 de febrero de 2016, de la Consejería de Medio Rural y Pesca (BOPA de 25-02-2016).
Cuarto.—Importe:
Cuantía total: 9.300.000 euros.
Quinto.—Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente Resolución en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.