QUÉ ES LA LICENCIA DE PARCELACIÓN/SEGREGACIÓN:
Está sujeto a licencia municipal todo acto de parcelación urbanística.
Las licencias de parcelación se conceden sobre la base de un proyecto con el siguiente contenido:
- Memoria justificativa de las razones de la parcelación y sus características en función de las determinaciones de las Normas Subsidiarias de Boal. Se describirá cada finca original existente y cada una de las nuevas parcelas, justificando que éstas resultan adecuadas para el uso que la normativa les asigna y que, en su caso, son aptas para la edificación.
- Planos de estado actual a escala de 1/1000 como mínimo, donde se señalen las fincas originarias registrales representadas en el parcelario oficial, las edificaciones y arbolado existente y los usos de los terrenos.
- Planos de parcelación a escala 1/1000 como mínimo, en los que aparezcan perfectamente identificadas cada una de las parcelas resultantes.
NOTA: la documentación que se solicita no exime de que se pueda pedir cualquier otra que a juicio del Ayuntamiento sea necesaria para evaluar la solicitud.